Franquicia Tributaria

La capacitación constante es una herramienta vital para mantener a las empresas a la vanguardia y a sus equipos altamente preparados. En Chile, el Estado proporciona un incentivo llamado Franquicia Tributaria, que permite a las empresas invertir en capacitación utilizando parte de sus impuestos. Aquí te explicamos cómo aprovechar este beneficio.

Introducción a la Franquicia Tributaria:

La Franquicia Tributaria es un incentivo tributario que se otorga a las empresas contribuyentes de Primera Categoría. Consiste en la posibilidad de descontar del impuesto a la renta que se paga anualmente, hasta el 1% de la planilla anual de remuneraciones de trabajadores, extrabajadores y potenciales trabajadores (de acuerdo a los alcances, límites y montos que establece la Ley 19.518), por gastos incurridos en acciones de capacitación autorizadas por Sence.

Tramos de Renta Cubiertos:

La empresa podrá estimar, de acuerdo a su planilla anual de remuneraciones imponibles del año anterior, el monto disponible para utilizar en Franquicia Tributaria de acuerdo a los siguientes tramos:

Relación entre SENCE, OTIC y OTEC:

Estas tres entidades son las piezas clave en la implementación y aprovechamiento de la Franquicia Tributaria:

  • SENCE: Es el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, encargado de regular y supervisar el proceso. Garantiza que las capacitaciones cumplan con estándares de calidad y sean relevantes para el mercado laboral.

  • OTIC: Son las Organizaciones Técnicas Intermedias para Capacitación. Su rol es asesorar y guiar a las empresas en cómo utilizar el beneficio, además de reunir los recursos de varias empresas para ejecutar programas de capacitación más grandes.

  • OTEC: Organismos Técnicos de Capacitación, son las entidades encargadas de realizar las capacitaciones. Deben estar acreditadas por SENCE para garantizar que cumplen con los estándares de calidad requeridos.

Para más información:

¿Cuál es la diferencia entre una OTEC y una OTIC?

Las siglas OTEC y OTIC se refieren a tipos distintos de organizaciones en Chile relacionadas con la capacitación y formación profesional. Aquí te explicamos las diferencias clave entre ambas:

Definición:

OTEC (Organismo Técnico de Capacitación):

Una OTEC es una entidad que está autorizada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) para ejecutar y administrar acciones de capacitación que las empresas requieren para sus trabajadores.

OTIC (Organismo Técnico Intermedio para la Capacitación):

En cambio, una OTIC actúa como un intermediario entre las empresas y las OTEC. Administra los recursos destinados a la capacitación y promueve la ejecución de programas de capacitación entre las empresas asociadas.

Funciones Principales:

OTEC:

  • Diseñar, ejecutar y administrar programas de capacitación.

  • Certificar las competencias laborales.

  • Entregar formación técnica y profesional a los trabajadores.

OTIC:

  • Administra los recursos de la franquicia tributaria destinada a la capacitación.

  • Asesora a las empresas en la identificación de necesidades de capacitación.

  • Facilita la conexión entre las empresas y las OTEC.

Ámbito de Actuación:

  • OTEC: Actúa directamente en la entrega de capacitación y formación a los trabajadores, operando programas de capacitación.

  • OTIC: Actúa como una entidad coordinadora y de gestión, sin ejecutar directamente la capacitación, pero sí facilitando la relación entre las empresas y las OTEC.

Recursos:

  • OTEC: Dependiendo de los contratos y proyectos que tengan con las empresas, las OTEC obtienen los recursos para funcionar.

  • OTIC: Administra parte de los recursos de la franquicia tributaria de capacitación, lo que les permite gestionar y distribuir estos fondos entre las empresas asociadas y las OTEC.

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